Fidelidad,es una de los valores que más se ha perdido en nuestros días a todo nivel.En el caso de las empresas, es un elemento indispensable para trabajar eficazmente.

Procemiento:
Se debe notificar el hecho inmediatamente o a mas tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de descubrir el presunto hecho, preferiblemente a su corredor de seguros, anexando los siguientes recaudos:
Documentación:
- Original de Carta narrativa de los hechos emitida por el asegurado o el empleado involucrado.
- Original informe elaborado por el departamento de Auditoria del asegurado.
- Denuncia ante el CICPC o autoridad competente.
- Original de la relación detallada de la pérdida.
- Original de las facturas cobradas por el empleado involucrado u originales de documentos que demuestren la procedencia y pre-existencia del dinero del cual se apropió el presunto infiel.
- Original de Constancia de Trabajo, copia de la forma 1402 del SSO, hoja de vida y/o cualquier otro documento que demuestre la vinculación existente entre el asegurado y el portador de los bienes.
- Copia de liquidación de las Prestaciones Sociales del(los) empleado(s) involucrado(s).
- Original de documentos que demuestren las acciones de recuperación realizadas por el asegurado ante el empleado responsable.
- Documentos que demuestren que el (los) clientes del asegurado efectuaron el pago al empleado involucrado.
- Cualquier otro documento probatorio de la pérdida.